1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. 3. Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado antecedente serán comunicados a https://polticadeseguridadlaboral89642.ageeksblog.com/34889371/nuevo-paso-a-paso-mapa-plan-de-prevención